Autores: Hernández Domínguez, J.J. y Martínez Martín, J.I.
ISBN: 978-84-92754-24-3 / 1ª Edición 2013 / 182 pp. / 17x24 / Rústica
La Constitución Española reconoce entre los derechos fundamentales, la inviolabilidad del domicilio, entendido como el espacio en el que las personas eligen reducir su círculo más íntimo.
Pero no se trata de un derecho absoluto, inalienable a los poderes públicos, si no que, siempre que se cumplan escrupulosamente ciertos requisitos, dejará de ser inviolable para poder ser objeto de pesquisas por parte de la Administración de Justicia, y en su nombre, por los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, normalmente mediante la diligencia de entrada y registro.
Con el fin de otorgar seguridad jurídica a todos los partícipes de este derecho es por lo que nace la idea de realizar esta obra. Para ello, se hace del todo necesario acudir a la normativa vigente, así como a los pronunciamientos de los Tribunales, en especial aquellos de verdadera relevancia jurídica, esto es, respecto al ordenamiento jurídico español, tanto el Tribunal Constitucional como el Tribunal Supremo, y respecto del orden europeo, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
La presente obra comienza asentando el concepto de domicilio que desde el punto de vista de protección constitucional interesa, llegando a la conclusión de que por domicilio inviolable debe entenderse aquel espacio apto para desarrollar en él vida privada y en su destino específico a tal desarrollo de vida.
A continuación, y tal como establece el artículo 18.2 CE, se estudian los supuestos tasados para no considerar un domicilio como inviolable, a saber: consentimiento; flagrancia delictiva; y autorización judicial. Y por supuesto, ligados a esos supuestos, una serie de requisitos de carácter procesal que no deben obviarse, diferenciando unos requisitos de legalidad constitucional de los requisitos de legalidad ordinaria, puesto que el incumplimiento de unos u otros conlleva unas consecuencias distintas.
Seguidamente, se analiza la profusa Jurisprudencia en la materia, de indudable interés y de obligado cumplimiento por todos los operadores jurídicos, desde el registro de vehículos, abordaje de embarcaciones, interpretación de los supuestos contemplados en el artículo 553 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, o las dudas que surgen en torno a si la mera convivencia supone o no coautoría de los posibles delitos que se cometan en el domicilio registrado.
Por último, se repasa el Código Penal en busca de la protección dispensada por esta norma al domicilio.